El Certificado de Instalaciones de Agua Potable y Alcantarillado según el número 18 del Artículo 2° del DS MOP N° 50/02 (Ridaa) corresponde a:
“El documento que acredita que las instalaciones de agua potable y de alcantarillado de la propiedad están conectadas a las redes de los Prestadores e incorporada en los registros comerciales de estos últimos, o que cuentan con un sistema propio de abastecimiento de agua potable o disposición de aguas servidas debidamente autorizado por el Servicio de Salud correspondiente, denominado también en la Ordenanza de Urbanismo y Construcciones “Certificado de instalaciones de agua potable y desagües”.
Es un certificado indispensable que se debe presentar para solicitar la recepción de obras de un permiso de edificación. Puede ser emitido por la empresa de servicios sanitarios o por la autoridad sanitaria, según corresponda.