Para justificar el dimensionamiento del medidor de agua potable se deben utilizar los valores establecidos en el RIDAA:
- el consumo máximo diario (m3/día) se determina a partir de las dotaciones indicadas en el Anexo 4 del Reglamento (valores referenciales),
- el gasto máximo probable (lt/min) se determina a partir de los valores asignados a cada artefacto en el Anexo 3 del Reglamento.
Es importante comprender que hay situaciones especiales para cálculo de MAP, como por ejemplo: fábricas, clínicas, colegios.
El Reglamento indica que “los cálculos y condiciones básicas de las IDAP deberán cumplir con lo indicado en la norma chilena NCh 2485″.